La nueva Ley de Sanidad: ¿protección o limitación jurídica a la colaboración público-privada?
Anuncio oficial y contexto político
La ministra de Sanidad, Mónica García, ha declarado recientemente que el Gobierno está ultimando una nueva Ley de Gestión Pública y de Integridad del Sistema Nacional de Salud, con el objetivo de aprobarla a principios de 2026. Según García, esta legislación pretende restringir la colaboración entre el sector público y privado, protegiendo la sanidad pública de la influencia de fondos de inversión.
En una entrevista concedida a El País, la ministra afirmó que la nueva ley anulará la normativa vigente desde 1997 y calificó la colaboración público-privada como una relación «parasitaria», con la intención de limitar el afán de lucro mediante reglas definidas.
Contradicciones y falta de rigor en el planteamiento gubernamental
Sin embargo, estas afirmaciones merecen un análisis crítico desde la perspectiva jurídica y de la gestión sanitaria. En primer lugar, la colaboración público-privada en el sistema sanitario no es un fenómeno reciente ni anecdótico, sino una práctica consolidada que responde a la necesidad de optimizar recursos y mejorar la eficiencia.
El anuncio de anular la ley de 1997 sin detallar el marco jurídico que sustituirá a dicha norma genera incertidumbre. La ley vigente regula aspectos fundamentales de la cooperación entre ambos sectores, respetando competencias autonómicas y límites constitucionales. Por tanto, una derogación sin un desarrollo normativo claro podría vulnerar principios de seguridad jurídica y autonomía territorial.
El argumento del «afán de lucro» y la protección contra fondos de inversión
Mónica García sostiene que la nueva ley limitará el afán de lucro y protegerá la sanidad pública frente a fondos de inversión. No obstante, esta visión simplifica la complejidad del sistema sanitario y su financiación. La existencia de fondos privados en la gestión sanitaria no implica necesariamente una explotación o detrimento del interés público.
Además, la regulación del lucro en la prestación de servicios públicos debe equilibrar la eficiencia y la calidad asistencial, sin caer en prohibiciones absolutas que puedan desincentivar la inversión y la innovación en el sector.
Conclusión: entre la protección y la restricción jurídica
En definitiva, el anuncio del Gobierno liderado por Pedro Sánchez y la ministra Mónica García revela una intención clara de limitar la colaboración público-privada en sanidad bajo el argumento de proteger la salud pública frente a intereses privados. Sin embargo, desde un enfoque jurídico, esta postura presenta contradicciones y riesgos en cuanto a competencias, seguridad jurídica y derechos fundamentales.
La eficacia de la futura ley dependerá de su capacidad para equilibrar la protección del sistema público sin caer en intervencionismos desproporcionados que puedan afectar la calidad y sostenibilidad del sistema sanitario.



