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El Supremo pide investigar al PSOE por pagos en efectivo a Ábalos ante sospechas de blanqueo

El cerco judicial sobre la financiación y los gastos internos del Partido Socialista Obrero Español se estrecha. El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha dado un paso clave al solicitar formalmente a la Audiencia Nacional que investigue los pagos en efectivo que el PSOE realizó al exministro José Luis Ábalos y a su exasesor Koldo García.

Las Discrepancias que la UCO Destapa y el PSOE no Aclara

La decisión del magistrado Puente no es arbitraria. Se fundamenta en un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que revela importantes «discrepancias» entre los ingresos declarados por José Luis Ábalos y las cifras que el propio PSOE reportó. Este informe, junto con la información proporcionada por el partido, ha sido remitido al juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, para que determine si procede abrir una investigación formal.

Según consta en el auto judicial, tras tomar declaración al exgerente del PSOE y a una trabajadora responsable de entregar los fondos, persisten «cuestiones que no han sido aclaradas» sobre dichos pagos. Más grave aún, el juez subraya que no se ha ofrecido una explicación convincente sobre «el origen del dinero en efectivo que el partido tenía en su sede para cubrir los gastos».

Apunte Jurídico: El delito de blanqueo de capitales, tipificado en el artículo 301 del Código Penal, no solo castiga a quien oculta o encubre el origen ilícito de bienes, sino también a quien participa en su transformación. La responsabilidad penal de las personas jurídicas, como los partidos políticos, exige que implementen modelos de prevención de delitos. La ausencia de controles sobre el origen de los fondos con los que se reembolsan gastos podría ser interpretada como una negligencia grave que facilita el blanqueo.

La Sombra del Blanqueo y la Insuficiente Defensa del Partido

El punto más delicado de la exposición del magistrado es la sospecha de un posible delito de blanqueo de capitales. El juez plantea una hipótesis alarmante: el PSOE no verificaba si los gastos que Ábalos y Koldo presentaban para su compensación «provenían de dinero obtenido de manera ilegal». De ser así, al reembolsar esos gastos, el partido estaría, en la práctica, «lavando su origen».

La respuesta del PSOE, lejos de disipar las dudas, genera más interrogantes. El partido alega que la documentación presentada «no aclara nada al respecto». En un argumento que parece admitir una falta de control, añaden que si hubieran existido pagos en efectivo «diferentes a los que se han contabilizado, tampoco podrían estarlo los ingresos que los financiaban». Esta afirmación sugiere un sistema donde los pagos y los ingresos opacos podrían coexistir fuera de la contabilidad oficial, una admisión de una posible financiación irregular.

Apunte Jurídico: Cuando un juez instructor encuentra indicios de un delito que no es de su competencia, su obligación legal es «deducir testimonio» y remitir las actuaciones al órgano judicial competente. En este caso, el magistrado del Supremo actúa conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, garantizando que los hechos sean investigados por el tribunal correspondiente. No se trata de una valoración política, sino de un procedimiento reglado que activa la maquinaria judicial ante la sospecha fundada de un ilícito penal.

Con esta decisión, la responsabilidad se traslada a la Audiencia Nacional, que deberá ahora decidir si abre una nueva pieza de investigación que pone el foco directamente en las finanzas y los controles internos del partido que actualmente gobierna España.